La ley islámica en el arbitraje nacional
noticias sobre un «escándalo» Austriaco. Nota sobre el caso del Tribunal Regional de Viena para Asuntos Civiles, 2 de mayo de 2025, 47 R 65/25v y 47 R 66/25s
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2026.10293Palabras clave:
Arbitraje, ley islámica, ley sharía, ley religiosa, orden públicoResumen
En el verano de 2025, el derecho internacional privado acaparó brevemente la atención de los medios de comunicación austriacos. Dos comerciantes habían acordado que cualquier controversia que surgiera de su relación jurídica se resolvería mediante arbitraje de conformidad con los principios del derecho islámico. Surgió una controversia que dio lugar a un laudo nacional por el que se condenaba al demandado a pagar una indemnización por daños y perjuicios superior a 1.000.000 EUR. El acreedor del laudo solicitó con éxito su ejecución. En apelación, el deudor del laudo alegó que la aplicación del derecho islámico en los procedimientos arbitrales violaba el orden público sustantivo austriaco. El tribunal de apelación rechazó este argumento, al considerar que la resolución de una controversia comercial con arreglo al derecho islámico no alteraba los principios fundamentales del ordenamiento jurídico austriaco. El caso causó un gran revuelo, primero en la prensa sensacionalista austriaca y luego en la sociedad en general, lo que dio lugar a demandas para prohibir la aplicación de la ley islámica en Austria. El Gobierno austriaco ha creado un grupo de trabajo para estudiar la posibilidad de una reforma legislativa en este sentido. Se avecinan posibles conflictos con el Derecho de la Unión Europea y el Derecho internacional.
Descargas
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).
Los documentos incluyen la licencia Creative Commons 4.0: Atribución–No Comercial–Sin Obra Derivada (CC BY-NC-ND 4.0).