El traslado ilícito de menores en la Unión Europea: retorno vs violencia familiar o doméstica
Resumen
Cada vez resulta más habitual la concurrencia de violencia doméstica o familiar en los supuestos de sustracción internacional de menores, en los que la retención o el traslado ilícito del menor se utiliza como una vía de alejamiento. El sistema de retorno inmediato del menor del Convenio de la Haya de 1980 prevé esta circunstancia bajo la excepción de grave riesgo del artículo 13.1.b), en un marco regulador poliédrico, que se completa con el Reglamento 2201/2003, Bruselas II bis –para los traslados intracomunitarios– y con las medidas de protección previstas en el Convenio de la Haya de 1996 –entre los Estados parte– y el procedimiento del Capítulo IV bis de la LEC española. Los problemas en la aplicación práctica y la apreciación del interés superior del menor se revelan especialmente polémicos en estos supuestos, sobre todo por lo que respecta a las ejecutorias.