Reexaminando la noción de Resolución Alternativa de Disputas (ADR) en el contexto del derecho de acceso a la justicia ‘no jurisdiccional’
Resumen
La noción de “Resolución Alternativa de Disputas”, generalmente conocida como “ADR”, ha recibido una importante acogida por parte de la literatura del common law y lo mismo puede decirse en cuanto sus principales categorías (negociación, mediación y arbitraje). ADR, lato sensu, se refiere a la idea de utilizar toda una gran variedad de mecanismos no jurisdiccionales destinados a prevenir, manejar, resolver o solucionar conflictos intersubjetivos. De modo que la expresión resolución alternativa de disputas es, en cierta manera, insuficiente para suministrar una visión integral de todas las opciones (o alternativas) disponibles. Este artículo reexamina la noción de ADR y proporciona una novedosa visión del pasado, presente y futuro de esta relativamente nueva disciplina.