Leyes de policía de terceros estados en el ámbito del reglamento (CE) No 593/2008 (Reglamento Roma I). Comentario a la STJUE de 18 de octubre de 2016, asunto c-135/15
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2018.4409Palabras clave:
leyes de policía de terceros estados, consideración en nivel conflictual, consideración en nivel sustantivo, principio de cooperación lealResumen
El tratamiento de las leyes de policía de terceros estados en derecho de contratos internacionales ha sido objeto de la polémica desde hace tiempo. Esto no ha cambiado con la entrada en vigor del artículo 9 del Reglamento Roma I. Con la sentencia comentada el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha tratado algunas de la cuestiones debatidas respecto al artículo 9.3 del Reglamento Roma I. Este comentario analiza, evalúa y pone en contexto las soluciones encontradas por el TJUE. También aborda las cuestiones que no han sido comentadas por el TJUE; estas cuestiones permanecen abiertas por el momento pero deberán ser examinadas en el futuro.