Res iudicata y divorcio internacional: nota al Auto de la Audiencia Provincial de Toledo de 7 de marzo de 2018

  • Ángel María Ballesteros Barros Universidad de Cádiz
Palabras clave: Res Iudicata, divorcio internacional, Convenio hispano-marroquí de 30 de mayo de 1997, Reglamento (UE) núm. 2201/2003 (RB II-bis)

Resumen

El Auto de la Audiencia Provincial de Toledo de 7 de marzo de 2018 resuelve dos cues­tiones relativas (1) a los requisitos para que una sentencia de divorcio obtenida en Marruecos tenga el efecto de res iudicata en España y (2) a la competencia judicial internacional de los tribunales españoles para conocer del divorcio. El autor del comentario discrepa del razonamiento utilizado por la Sala, al omitir la aplicación al caso del Convenio hispano-marroquí de 30 de mayo de 1997 y del Reglamento (UE) núm. 2201/2003, de 27 de noviembre (RB II-bis).

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Publicado
2019-03-11
Cómo citar
Ballesteros Barros, Ángel M. (2019). Res iudicata y divorcio internacional: nota al Auto de la Audiencia Provincial de Toledo de 7 de marzo de 2018. CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 11(1), 678-684. https://doi.org/10.20318/cdt.2019.4639
Sección
Varia