Los acuerdos atributivos de jurisdicción a favor de un tribunal extranjero incluidos en un conocimiento de embarque: los usos y la libertad contractual en el sector maritimo. Comentario al auto de 5 de julio de 2019 de La AAP de Madrid (Sección 28)

  • Nerea Magallón Elósegui Universidad del País Vasco (UPV/EHU)
Palabras clave: Derecho Internacional privado, artículo 25 Reglamento 1215/2012 (Bruselas I bis), clausulas atributivas de jurisdicción, autonomía de la voluntad de las partes

Resumen

Los acuerdos atributivos de jurisdicción a favor de un tribunal extranjero incluidos en un conocimiento de embarque se han utilizado tradicionalmente en el sector marítimo como mecanismo que agiliza la práctica comercial a la vez que busca el equilibrio entre las partes que resolverán sus controversias ante un foro neutral y especializado. Sin embargo, la presencia de estas cláusulas en contratos estandarizados fomenta la discusión acerca de la existencia de una parte débil en la relación y la imposición de la cláusula sin su consentimiento y en detrimento de sus intereses. En esta decisión se vislumbra la dicotomía que ha resurgido a raíz de la nueva Ley de Navegación marítima que, con el objetivo de evitar los abusos inherentes a las cláusulas de sumisión sufridos por terceros poseedores de conocimientos de embarque, incorpora estrictas exigencias que alteran la línea seguida por la normativa europea.

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Publicado
2020-03-05
Cómo citar
Magallón Elósegui, N. (2020). Los acuerdos atributivos de jurisdicción a favor de un tribunal extranjero incluidos en un conocimiento de embarque: los usos y la libertad contractual en el sector maritimo. Comentario al auto de 5 de julio de 2019 de La AAP de Madrid (Sección 28). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 12(1), 619-626. https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5208
Sección
Varia