El concepto de contrato de trabajo en el marco del Convenio de Lugano. Comentario a la Sentencia del TJUE de 11 de abril de 2019, asunto C-603/17, Bosworth y Hurley

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5220

Palabras clave:

Convenio Lugano II, competencia judicial internacional, contrato de trabajo, ac­ción procesal

Resumen

El TJUE se pronuncia, por primera vez, sobre el alcance de los foros de competencia judicial internacional en materia de contrato individual de trabajo del Convenio Lugano II. El paralelis­mo de este Convenio con el Reglamento Bruselas I se reproduce en esta decisión del Alto Tribunal, que sigue su jurisprudencia sobre la calificación del contrato de trabajo en el marco de las disposiciones del Reglamento europeo. Esta simetría no se ha mantenido tras la promulgación del Reglamento Bruselas I bis, por lo que la reciente decisión de los jueces de Luxemburgo pone sobre el papel la necesidad de una revisión del texto convencional.

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Descargas

Publicado

2020-03-05

Número

Sección

Varia

Cómo citar

El concepto de contrato de trabajo en el marco del Convenio de Lugano. Comentario a la Sentencia del TJUE de 11 de abril de 2019, asunto C-603/17, Bosworth y Hurley. (2020). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 12(1), 776-783. https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5220