De nuevo a vueltas con la adopción simple extranjera: comentario a la RDGRN de 16 de noviembrede 2018 (30ª)

  • Mª Jesús Sánchez Cano Universidad San Jorge
Palabras clave: adopción simple, nombre y apellidos, adopción internacional

Resumen

Los efectos de una adopción simple extranjera no se agotan en el establecimiento de un vínculo de filiación y en la responsabilidad parental, sino que generan otras consecuencias vinculadas con la filiación adoptiva, como es el régimen del nombre y los apellidos del adoptado en forma simple. Tal es el caso de la RDGRN** (30ª) de 16 de noviembre de 2018, que analiza la validez en España de una adopción simple francesa en el marco de un expediente de cambio de nombre y apellidos.

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Publicado
2020-10-08
Cómo citar
Sánchez Cano, M. J. (2020). De nuevo a vueltas con la adopción simple extranjera: comentario a la RDGRN de 16 de noviembrede 2018 (30ª). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 12(2), 1165-1176. https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5665
Sección
Varia