De nuevo a vueltas con la adopción simple extranjera: comentario a la RDGRN de 16 de noviembrede 2018 (30ª)
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5665Palabras clave:
adopción simple, nombre y apellidos, adopción internacionalResumen
Los efectos de una adopción simple extranjera no se agotan en el establecimiento de un vínculo de filiación y en la responsabilidad parental, sino que generan otras consecuencias vinculadas con la filiación adoptiva, como es el régimen del nombre y los apellidos del adoptado en forma simple. Tal es el caso de la RDGRN** (30ª) de 16 de noviembre de 2018, que analiza la validez en España de una adopción simple francesa en el marco de un expediente de cambio de nombre y apellidos.Descargas
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2020-10-08
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Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).Cómo citar
De nuevo a vueltas con la adopción simple extranjera: comentario a la RDGRN de 16 de noviembrede 2018 (30ª). (2020). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 12(2), 1165-1176. https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5665