Reflexiones sobre el alcance territorial del derecho al olvido
Resumen
El “derecho de supresión”, o “derecho al olvido”, recogido en el artículo 17 del RGPD, puede oponerse a los gestores de motores de búsqueda como responsables del tratamiento de datos personales. En su sentencia en el asunto C- 507/17**, el TJUE afirmó el alcance geográfico limitado de este derecho, exigible en el territorio de la Unión Europea, sin cerrar, no obstante, la puerta a una posible extensión mundial en circunstancias excepcionales. Este trabajo se dedica al análisis del alcance espacial del derecho al olvido y propone una posible lectura de la cuestión desde la perspectiva del Derecho internacional privado.
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Datos de financiación
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Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Números de subvención PGC2018-096456-B-I00