Disparidad de las versiones lingüísticas del convenio bilateral hispano ruso sobre asistencia judicial
auto de la AP de Barcelona (Sección 12) núm. 318/2021 de 27 de julio
Resumen
La versión rusa y la española del art. 22.1 del Convenio de 1990 entre el Reino de España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas sobre asistencia judicial en materia civil dicen cosas distintas sobre organización del procedimiento de solicitud del exequatur. Es muy difícil que un tribunal se aparte de la letra de la norma, pero lo cierto es que lo que publica el BOE carece de sentido, es ilógico. Existen no obstante instrumentos idóneos en nuestro ordenamiento para reconstruir la norma y hacerle decir lo que debe querer decir.