Aplicabilidad del Reglamento 1215/2012 («Bruselas I bis») a un contrato de trabajo no ejecutado

la STJUE de 25 de febrero de 2021 (c-804/19)

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/cdt.2022.7227

Palabras clave:

competencia judicial, Reglamento Bruselas I-bis, foros nacionales de competencia judicial internacional, contrato de trabajo internacional, prestación laboral no ejecutada, Derecho internacional privado europeo

Resumen

Se plantea ante el TJUE un supuesto inédito en su jurisprudencia: la eventual aplicabilidad del Reglamento 1215/2012, de 12 de diciembre (Bruselas I bis) a un litigio en materia de contrato de trabajo donde la prestación laboral no ha llegado a ser ejecutada, por razones imputables al empresario. Pese a no existir tal prestación efectiva, el TJUE determina que resultan plena y exclusivamente aplicables al litigio los foros de competencia judicial internacional contenidos en el Reglamento Bruselas I bis, por tratarse de un supuesto que cumple sus criterios de aplicación material y personal. Dicha aplicabilidad del Reglamento implica el desplazamiento de las normas estatales de competencia judicial internacional, por efecto de lo dispuesto en sus artículos 4.1 y 5. Como consecuencia, no cabe activar los foros estatales -aun cuando puedan resultar más favorables a la trabajadora-, puesto que las reglas comunitarias sobre competencia judicial en esta materia tienen no sólo carácter especial, sino también exhaustivo.

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Publicado

2022-09-30

Número

Sección

Varia

Cómo citar

Aplicabilidad del Reglamento 1215/2012 («Bruselas I bis») a un contrato de trabajo no ejecutado: la STJUE de 25 de febrero de 2021 (c-804/19). (2022). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 14(2), 1117-1125. https://doi.org/10.20318/cdt.2022.7227