La falta de notificación del certificado previsto en el Artículo 53 del Reglamento Bruselas I bis como motivo de denegación de la ejecución

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/cdt.2022.7241

Palabras clave:

Primera medida ejecutiva, Notificación del certificado, Notificación de la cédula de emplazamiento, Título Ejecutivo Europeo

Resumen

Instada la ejecución en España de una sentencia condenatoria dictada en rebeldía en los Países Bajos, el demandado se opone a dicha ejecución alegando tres motivos: la falta de notificación del certificado previsto en el artículo 53 del Reglamento Bruselas I Bis antes de haberse adoptado la primera medida de ejecución; la falta de notificación de la sentencia con anterioridad a instarse su ejecución; y, la interposición de un recurso frente a la sentencia en el Estado de origen.

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Publicado

2022-10-05

Número

Sección

Varia

Cómo citar

La falta de notificación del certificado previsto en el Artículo 53 del Reglamento Bruselas I bis como motivo de denegación de la ejecución . (2022). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 14(2), 1191-1198. https://doi.org/10.20318/cdt.2022.7241