El secreto profesional en el arbitraje internacional
Resumen
Cada vez resulta más frecuente que en el asesoramiento jurídico de las empresas se encuentren involucrados abogados de distintos países, dado que las empresas ofrecen sus bienes y servicios en el extranjero. Esta situación está sujeta al riesgo de que los documentos intercambiados entre clientes y abogados en un Estado pueda exhibirse en otro Estado en un procedimiento posterior. La exhibición de determinada información puede implicar diversas pérdidas para los empresarios desde el prestigio o la falta de compensación por los casos sin éxito. Este tipo de caos jurídico podría disminuir, ya que los empresarios tienen la opción de elegir la ley aplicable para la solución de sus controversias futuras, incluyendo la opción de acordar el procedimiento que seguirá el árbitro. Este artículo analiza la selección de la ley aplicable al secreto profesional por los árbitros, puesto que el arbitraje internacionalsuele ser elegido para resolver las controversias internacionales. Se estudian determinadas fuentes de Derecho blando desde las reglas de las instituciones arbitrales hasta las famosas Reglas de la IBA sobre la práctica de la prueba en el arbitraje internacional. También se analizan determinados métodos como el de la regla menos protectora o el de la más protectora, considerando el principio de igualdad de trato. Finalmente, se exploran las recientes Reglas de Procedimiento del Tribunal Unificado de Patentes como fuente de inspiración para el arbitraje internacional.
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Datos de financiación
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Fundación Séneca
Números de subvención 20944/PD/18