Crónica de jurisprudencia laboral internacional 2022
Resumen
En el año natural 2002 no se han dictado resoluciones del Comité de Libertad Sindical que afecten a España. Ninguna de las cuatro sentencias del TEDH en las que España era parte tenía contenidolaboral, de seguridad social o de protección social. Sí se cuenta, como es habitual, con resoluciones del TJUE de contenido social en los que el estado español ha sido parte, pero, a diferencia de otros años anteriores, ni los pronunciamientos han sido tantos ni han tenido tanta trascendencia. De los varios asuntos que resuelven cuestiones prejudiciales que devuelve la base de datos CURIA se han analizado dos en los que el estado español se ha visto implicado, y uno más relativo a la proyección de los símbolos religiosos en el trabajo que por su configuración técnica puede tener una fácil proyección para nuestro ordenamiento jurídico.Como es habitual, los tesauros conceptuales empleados para la búsqueda en la base de datos institucional han sido los siguientes: “Seguridad social”, “Salud pública”, “Política social”, “no discriminación”, “Libre circulación de los trabajadores”, “Libertad de establecimiento”, “Fondo Social Europeo (FSE)”, “Empleo”, “Educación, formación profesional y juventud”, “Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes”, “Derechos fundamentales”, “Cohesión económica, social y territorial”, y “Ciudadanía de la Unión”.La muy interesante STJUE de 24 de febrero de 2022 [C- 389/20] CJ y TGSS, decide que no es acorde a la normativa comunitaria de igualdad nuestra regla jurídica interna que impedía la cotización por la contingencia de desempleo en el sistema de seguridad social de empleados de hogar. La consecuencia jurídica fue evidente, la modificación ipso facto de dicha regla.
La STJUE de 28 de abril de 2022 [C-86/21] Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y Delia, analiza hasta qué punto una normativa autonómica de evaluación del desempeño profesional puede dejar de tener en consideración la actividad profesional desarrollada en otro país de la Unión. La respuesta negativa es muy intuitiva, pero el análisis de la resolución sirve para perfilar o matizar las exigencias comunitarias que se imponen a la restricción pretendida por la norma patria.La más que interesante STJUE de 13 de octubre de 2022 [C-344/20] L.F. y S.C.R.L. aborda un tema capital para los modernos estados laicos: la legitimidad de la restricción empresarial de utilización por parte de los trabajadores de prendas de vestir que inequívocamente manifiesten una determinada convicción religiosa.