Caso superliga

Comentario de la stjue de 21 diciembre 2023, c-333/21

Palabras clave: Superliga, FIFA, UEFA, abuso de posición de dominio, artículo 102 TFUE, decisión de asociación de empresas, artículo 101.1 TFUE, artículo 101.3 TFUE

Resumen

En la sentencia objeto de comentario, el TJUE responde a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid en el caso de la demanda interpuesta por la Superliga contra la FIFA y la UEFA. En estas cuestiones se pregunta si la decisión de estas dos entidades de no autorizar la celebración de la Superliga en sus mercados de actuación vulnera las normas de competencia, además de las libertades europeas. El Tribunal de Justicia concluye que sí. Indica que, en relación con las normas de competencia, que son las objeto de estudio en este trabajo, este comportamiento de la FIFA y la UEFA supone un abuso de la posición de dominio que ostentan estas empresas, al impedir la entrada de nuevos competidores en el mercado (art. 102 TFUE) y, también, como asociaciones de empresas, su conducta lesiona por objeto la competencia de sus asociados (art. 101.1 TFUE) y no puede quedar exenta de la sanción, entre otras razones, por la ya comentada de impedir la entrada de nuevos operadores al mercado (art. 101.3 TFUE).

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Publicado
2024-10-14
Cómo citar
Rodríguez Rodrigo, J. (2024). Caso superliga: Comentario de la stjue de 21 diciembre 2023, c-333/21. CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 16(2), 1311-1328. https://doi.org/10.20318/cdt.2024.8977
Sección
Estudios