Derecho inglés, competencia judicial internacional y Ley aplicable a los efectos económicos del matrimonio
Resumen
Una de las grandes diferencias entre el Derecho inglés y el Derecho español la encontramos en materia de régimen económico matrimonial; tan es así que, en el primero se parte de la inexistencia de dicha institución. Sin embargo, en el Derecho inglés sí se regulan los efectos económicos del matrimonio en caso de divorcio. Todo ello da lugar a que, en supuestos de crisis matrimoniales internacionales con intereses españoles y británicos, los esposos puedan tener especial interés en litigar ante los tribunales ingleses o, en su caso, ante los españoles, sabiendo las ventajas y desventajas que les puede suponer hacerlo ante unos u otros, y ello teniendo especialmente en cuenta la posible ley aplicable. Apuntamos en el presente trabajo algunas claves a considerar en estos casos.
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Datos de financiación
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Agencia Estatal de Investigación
Números de subvención PID2019-106496RB-I00