Los criptotribunales
un arbitraje en la cadena de bloques, con smart contracts y según la teoría de juegos
Resumen
Hay autores en la doctrina que consideran que el arbitraje es un mecanismo de resolución
de conflictos autónomo e independiente de otros poderes estatales o judiciales, hasta el punto de considerarlo
un sistema no nacional para resolver disputas comerciales. Para ellos, el arbitraje vive al margen,
con libertad y emancipado de cualquier otro poder u ordenamiento y subsiste sin respetar los marcos
legales nacionales, a modo de un arbitraje deslocalizado. Fue Rubellin-Devichi quien, en 1965, planteó
y defendió esta teoría, y señaló que el arbitraje no podía clasificarse como exclusivamente contractual
o jurisdiccional y que tampoco era una institución mixta. Más tarde, en 2005, Lew apoyó esta corriente
doctrinal y señaló que el arbitraje únicamente debía ser gobernado por reglas y prácticas internacionales,
y no por leyes nacionales. Sobre esta idea se sustentan los tribunales de arbitraje que actúan en la cadena
de bloques, combinando los contratos inteligentes, la teoría de juegos y las criptomonedas o tokens. Lew,
Mistelis y Kroll señalan que esta idea/teoría dominará el arbitraje en el futuro, ¿se puede afirmar algo así?
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Datos de financiación
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Agencia Estatal de Investigación
Números de subvención PID2020-117624GB-I00