Cuando el menor reside fuera de la UE

algunas cuestiones problemáticas. (Observaciones a propósito del auto de la Audiencia Provincial de Valencia de 23 de septiembre de 2024)

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/cdt.2025.9907

Palabras clave:

Competencia judicial internacional, Competencias residuales, Residencia habitual del menor en Estado tercero

Resumen

Cuando en un litigio se discuten cuestiones de responsabilidad parental relativas a un menor residente en un Estado no miembro de la UE y se ponen en funcionamiento normas de competencia judicial internacional distintas a las del Reglamento 2019/1111, surgen zonas de fricción entre este y al Convenio de La Haya de 1996 (v. gr., la proyección en el tiempo de la cláusula de sumisión en favor de un tribunal de un EM cuando hay cambio de residencia), problemas de implementación derivados del hecho simple de que la LEC no piensa en términos de litigación internacional (v. gr., cuando el demandante es el ministerio fiscal) o de funcionamiento de la LOPJ (el juego de los foros residuales). A estas cuestiones se presta atención en las siguientes páginas.

 

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Publicado

2025-10-20

Número

Sección

Varia

Cómo citar

Cuando el menor reside fuera de la UE: algunas cuestiones problemáticas. (Observaciones a propósito del auto de la Audiencia Provincial de Valencia de 23 de septiembre de 2024). (2025). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 17(2), 1093-1101. https://doi.org/10.20318/cdt.2025.9907