@article{Espiniella Menéndez_2019, title={Ley aplicable a las acciones concursales de reintegración (comentario a la STJUE de 8 de junio de 2017, Vinlys Italia)}, volume={11}, url={https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/4645}, DOI={10.20318/cdt.2019.4645}, abstractNote={<p class="Pa12">En el Asunto <em>Vinyls Italia</em>, el TJUE recuerda que la ley rectora del concurso no es base suficiente para revocar un contrato perjudicial para el conjunto de los acreedores, si la contratante prueba que la ley rectora de tal contrato no permite su impugnación. Entre los aciertos de la Sentencia, des­taca que esta excepción no debe amparar prácticas fraudulentas, además de que su tramitación procesal debe hacerse conforme a la <em>lex fori</em>. No obstante, la Sentencia presenta serias dudas al obviar que la de­terminación de la ley rectora del contrato, y su carácter internacional, deben hacerse por el Reglamento Roma I y no por el Reglamento europeo de insolvencia. También es dudosa la remisión a la <em>lex fori </em>para la posible aplicación de oficio de esta excepción; más bien debería jugar a instancia de parte de acuerdo con una interpretación literal y finalista del Reglamento europeo de insolvencia.</p&gt;}, number={1}, journal={CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL}, author={Espiniella Menéndez, Ángel}, year={2019}, month={mar.}, pages={739-750} }