TY - JOUR AU - Durán Ayago, Antonia PY - 2022/09/30 Y2 - 2024/03/29 TI - ¿Es la nacionalidad un criterio discriminatorio en la determinación de la competencia judicial internacional en crisis matrimoniales? A propósito de la STJUE de 10 de febrero de 2022, asunto C-522/20, OE y VY JF - CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL JA - Cuad. derecho transnac. VL - 14 IS - 2 SE - Varia DO - 10.20318/cdt.2022.7220 UR - https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/7220 SP - 1069-1074 AB - Por primera vez se plantea ante el TJUE si la utilización del criterio de la nacionalidad de uno de los cónyuges en un Estado miembro para exigir un periodo más breve de residencia habitual en dicho Estado miembro a la hora de determinar un criterio de competencia judicial internacional en crisis matrimoniales puede ser discriminatorio, ya que en otro foro, si no se es nacional de ese Estado, se exige un periodo más prologando de residencia. El TJUE considera que esta distinción no es discriminatoria, puesto que contempla diferentes realidades. En el caso de aunar nacionalidad y residencia, la previsibilidad y expectativas de las partes hace que sea posible exigir un periodo de residencia diferente. ER -