La notificación en el extranjero de documentos extrajudiciales: los documentos privados
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2018.4405Palabras clave:
notificación en el extranjero, documentos privados, documentos extrajudicialesResumen
El Tribunal de Justicia ha establecido un concepto amplio de qué debe entenderse por “documentos extrajudiciales” para la aplicación del Reglamento de notificación en el que se incluyen los documentos privados. Ello plantea problemas en la concreción de qué documentos estarían incluidos si la transmisión formal de éstos es necesaria “para el ejercicio, la prueba o la salvaguardia de un derecho o de una pretensión jurídica en materia civil o mercantil”.
Este “nuevo concepto” exige una revisión de la posición del legislador español sobre la notificación de los documentos extrajudiciales no solo respecto al Reglamento sino también en la aplicación de la Ley de Cooperación jurídica internacional en materia civil.
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