Reconocimiento y ejecución parcial de resoluciones judiciales extranjeras y orden público en la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil. Comentario al auto de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (Seccion 2ª) núm. 120/2018, de 9 de marzo
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2019.4657Palabras clave:
Exequatur, ley de cooperación jurídica internacional, divorcio, orden público, reconocimiento parcialResumen
En el presente Auto la Audiencia Provincial de Gipuzkoa otorga el exequatur a una Sentencia de divorcio dictada por el Tribunal Jaafarita Religioso de Saida del Líbano con la excepción de determinados convenios considerados contrarios al orden público.
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Publicado
2019-03-11
Número
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Varia
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Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).Cómo citar
Reconocimiento y ejecución parcial de resoluciones judiciales extranjeras y orden público en la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil. Comentario al auto de la Audiencia Provincial de Gipuzkoa (Seccion 2ª) núm. 120/2018, de 9 de marzo. (2019). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 11(1), 834-840. https://doi.org/10.20318/cdt.2019.4657