Comentario del AAP Cádiz Nº 242/2018 de 13 de noviembre: ejecución en España de una sentencia dictada en Guadalupe. Embargo de buque
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2019.5019Palabras clave:
buque, embargo preventivo, tribunal competente, reconocimiento y ejecuciónResumen
En la presente disertación se pretende, al hilo del Auto N.º 242/2018 de la Audiencia Provincial de Cádiz, analizar el comportamiento y las resoluciones emitidas por el Juzgado de lo Mercantil de la misma ciudad. Así como establecer el orden de prelación de los Tratados y Convenios Internacionales y la propia normativa interna de cada Estado miembro. Todo ello, relacionado con la existencia de un crédito marítimo entre dos empresas, que propició el embargo preventivo de un buque amarrado en el puerto de la bahía de Algeciras, propiedad de una de las partes. Asimismo, se estudiarán las normas de Derecho Internacional privado, con el objetivo de dilucidar que tribunal es el competente para conocer, reconocer y ejecutar dicho embargo.
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