Discriminación de la mujer en el Derecho de familia islámico y orden público
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5190Palabras clave:
Derecho islámico, orden público, matrimonio islámico, poligamia, repudioResumen
El presente trabajo se centra en el análisis de las posibles colisiones existentes entre el orden público español y las principales instituciones del Derecho de familia islámico. No podrán integrarse aquellas instituciones que sean contrarias a valores esenciales de nuestro ordenamiento como la igualdad entre sexos o la monogamia. Sin embargo, a través de la aplicación del orden público atenuado, sería posible reconocer algunos “efectos colaterales” a estas instituciones cuando resultaren beneficiosos para la mujer. El objetivo último sería la protección de ésta como la parte más débil de la relación matrimonial.