Trascendencia de la residencia habitual en las crisis familiares en el Derecho europeo. comentario de la sentencia de 24 de julio de 2019 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Girona
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5212Palabras clave:
divorcio contencioso internacional, residencia habitual, nacionalidad, ámbito de aplicaciónResumen
La sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Girona de 24 de julio de 2019 nos permite destacar la trascendencia que en las relaciones internacionales entre privados tiene la residencia habitual de las partes en el momento en el que surge el conflicto. En este caso, la residencia habitual en España en el momento del divorcio de dos cónyuges de nacionalidad francesa, casados en Francia, y con propiedades en España y en Francia, provocó, en aplicación de la normativa europea que aquí analizaremos, la competencia judicial de los tribunales españoles, aplicando la legislación española. No dejaremos pasar la ocasión para exponer que argumentación y la terminología empleada en la resolución podrían hacer sido más exactas y correctas.
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