La aplicación de la Directiva 2004/38/CE en supuestos de Kafala ( ةلافك ) internacional

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5217

Palabras clave:

Kafala, Directiva 2004/38/CE, libre circulación y residencia, Unión Europea

Resumen

El incremento que ha experimentado en los últimos años el recurso a la Kafala de Derecho islámico por parte de ciudadanos residentes en la Unión Europea ha suscitado numerosos inconvenientes respecto a su calificación, dado que se trata de una figura desconocida en los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros. En este sentido, surge la duda de si a los efectos de la Directiva 2004/38/CE, el menor en situación de Kafala estaría comprendido en la categoría de “descendiente directo” de un ciudadano de la Unión Europea o por el contrario, podría calificarse como “otros miembros de la familia”, en los términos del art.3.2 de la citada Directiva.

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Publicado

2020-03-05

Número

Sección

Varia

Cómo citar

La aplicación de la Directiva 2004/38/CE en supuestos de Kafala ( ةلافك ) internacional. (2020). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 12(1), 713-727. https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5217