La prevención y represión del abuso de la contratación laboral temporal en las administraciones públicas. Comentario a la STJUE de 19 marzo 2000 (asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18)
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5649Palabras clave:
contratos laborales temporales, Directiva 1999/70, administraciones públicas, indefinidos no fijosResumen
El endémico problema del abuso de la contratación laboral temporal en las administraciones públicas españolas genera un nuevo pronunciamiento del TJUE, que sostiene que la renovación de contratos temporales para cubrir necesidades permanentes contraviene la letra y el espíritu de la Directiva 1999/70. La sentencia analiza la eficacia de algunas medidas legales equivalentes para prevenir los abusos, como en particular la conversión de la relación temporal en “indefinida no fija”. Esta medida no permite alcanzar la finalidad perseguida por la cláusula 5 del Acuerdo Marco. Tampoco el consentimiento del trabajador puede considerarse que prive de carácter abusivo al comportamiento del empleador.Descargas
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2020-10-08
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Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).Cómo citar
La prevención y represión del abuso de la contratación laboral temporal en las administraciones públicas. Comentario a la STJUE de 19 marzo 2000 (asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18). (2020). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 12(2), 1020-1029. https://doi.org/10.20318/cdt.2020.5649