La falta de notificación del certificado previsto en el Artículo 53 del Reglamento Bruselas I bis como motivo de denegación de la ejecución
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2022.7241Palabras clave:
Primera medida ejecutiva, Notificación del certificado, Notificación de la cédula de emplazamiento, Título Ejecutivo EuropeoResumen
Instada la ejecución en España de una sentencia condenatoria dictada en rebeldía en los Países Bajos, el demandado se opone a dicha ejecución alegando tres motivos: la falta de notificación del certificado previsto en el artículo 53 del Reglamento Bruselas I Bis antes de haberse adoptado la primera medida de ejecución; la falta de notificación de la sentencia con anterioridad a instarse su ejecución; y, la interposición de un recurso frente a la sentencia en el Estado de origen.
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Publicado
2022-10-05
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Varia
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Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).Cómo citar
La falta de notificación del certificado previsto en el Artículo 53 del Reglamento Bruselas I bis como motivo de denegación de la ejecución . (2022). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 14(2), 1191-1198. https://doi.org/10.20318/cdt.2022.7241