El divorcio notarial español a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2023.8081Palabras clave:
divorcio no judicial, resolución, reconocimiento, Reglamento 2201/2003, Reglamento 2019/1111Resumen
El TJUE en la Sentencia de 15 de noviembre de 2022, asunto C-646/20, Senatsverwaltung für Inneres und Sport, Standesamtsaufsicht, ha afirmado que la disolución de un matrimonio en virtud del art. 12 del Decreto Ley italiano núm. 132 de 12 de septiembre de 2014, constituye una “resolución judicial” relativa al divorcio a los efectos del Reglamento 2201/2203. El Tribunal interpreta los dos elementos que deben cumplirse para que una decisión sobre divorcio no judicial sea considerada como “resolución”. En el presente trabajo se analiza como esos elementos se cumplen en las escrituras de divorcio autorizadas por notarios españoles y se estudia la nueva regulación del Reglamento 2019/1111 sobre la eficacia extraterritorial de los documentos públicos y acuerdos.
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