Discriminación por razón de sexo y Seguridad Social

La aplicación de la Directiva 79/7 en España

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/cdt.2023.8082

Palabras clave:

discriminación, Seguridad Social, Directiva, Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Resumen

El Informe de la Comisión de 11 de septiembre de 1995 sobre la aplicación de la Directiva 79/7 en España destacaba la correcta aplicación de la misma en nuestro país. Sin embargo, desde hace más de una década la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea está poniendo continuamente en evidencia la existencia de antiguas y nuevas discriminaciones por razón de sexo en la legislación española de Seguridad Social. Estas sentencias han constituido un revulsivo que han impulsado reformas legislativas de gran calado para adecuar la normativa nacional al Derecho de la Unión Europea. Aunque en varias ocasiones el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Constitucional español han tenido que pronunciarse sobre el carácter discriminatorio, o no, de las mismas disposiciones, por el momento el diálogo entre ambos tribunales ha sido armonioso. En cualquier caso, la Directiva 79/7 no es la panacea para la total erradicación de las discriminaciones por razón de sexo en el ámbito de la Seguridad Social y Asistencia Social porque, conforme a su ámbito de aplicación personal y material, la Directiva 79/7 no se aplica a todas las personas ni a todas las prestaciones sociales.

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Biografía del autor/a

  • Cristina Sánchez-Rodas Navarro, Universidad de Sevilla

     

     

     

     

     

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Publicado

2023-10-03

Número

Sección

Estudios

Cómo citar

Discriminación por razón de sexo y Seguridad Social: La aplicación de la Directiva 79/7 en España. (2023). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 15(2), 871-897. https://doi.org/10.20318/cdt.2023.8082