De nuevo la batalla por la cuantificación del daño y la estimación judicial
La STJUE Tráficos Manuel Ferrer
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2023.8097Palabras clave:
aplicación privada, acciones de daños, cuantificación del daño, estimaciónResumen
A punto de cumplirse una década desde la aprobación de la Directiva 2014/104/UE, de daños derivados de ilícitos anticompetitivos, si bien los principios que la inspiran están ya firmemente asentados, su aplicación práctica ha encontrado un sinfín de problemáticas, tanto sustantivas como procesales. El principal obstáculo al que, hoy en día, se enfrentan quienes ejercen su derecho a ser indemnizados es sin duda la cuantificación del daño. Junto a las herramientas de acceso a las fuentes de prueba, o las presunciones para redistribuir las cargas probatorias en el proceso, se ha configurado la facultad de estimación judicial del daño resarcible. En este comentario se analiza esta novedosa figura, al hilo de la Sentencia del TJUE en el asunto Tráficos Manuel Ferrer, así como la jurisprudencia española al respecto, como la emanada del Juzgado Mercantil nº 3 de Valencia, y las trascendentales sentencias del Tribunal Supremo de junio de 2023. Pese a que todavía quedan aspectos por perfilar, todos estos pronunciamientos han delimitado cuando se puede y cuando no se puede hacer uso de esta facultad.
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