A vueltas con los conocimientos de embarque y la competencia judicial internacional. Algunas observaciones sobre la cuestión en torno al auto de la Audiencia Provincial de Madrid núm. 93/2019, de 5 de julio (secc. 28a)
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2023.8103Palabras clave:
cláusula de jurisdicción, conocimiento de embarque, Reglamento 1215/2012, fraude de ley, abuso de derechoResumen
La cláusula de jurisdicción inserta en el conocimiento de embarque constituye uno de los mayores problemas actuales del Derecho Marítimo y del Derecho Procesal Civil Internacional. La Audiencia Provincial de Madrid, partiendo de la prevalencia del Reglamento (UE) 1215/2012 otorga validez a la cláusula en cuestión, pero acude a la cita literal de una resolución ya antigua. El presente trabajo busca realizar la necesaria actualización del caso para comprender la cuestión desde el punto de vista normativo, jurisprudencial y argumental. Asimismo, se analiza si la cláusula y la proposición de declinatoria constituyen fraude de ley, abuso de derecho o circunstancias similares. Por último, se reflexiona sobre la imperatividad o disponibilidad del art. 468 de la Ley de Navegación Marítima. Más allá del mero comentario a una resolución judicial, el trabajo reflexiona sobre otras cuestiones relevantes.
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