La tecnología TRD y el derecho
una relación necesaria para la seguridad jurídica
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2024.8956Palabras clave:
Tecnología de registro distribuido, blockchain, Soft law, Derecho comparado, activos digitales, euro digitalResumen
Este trabajo plantea la relación que debe existir entre la tecnología de registros distribuidos y el Derecho, entendido como ordenamiento jurídico. Para ello recorre cuál es la revolución que implica la tecnología de registros distribuidos, así como quienes están interesados en regularla. La TRD en sí misma permite solucionar determinados problemas de las transacciones. Sin embargo, se necesita tanto un desarrollo de la ley aplicable como del Derecho material que amparen la seguridad jurídica que necesita la tecnología. Como la TRD funciona naturalmente en contextos internacionales se estudian las diferencias y las similitudes que existen entre los activos digitales negociados dentro de la TRD con otro tipo de derechos intangibles, tales como los datos personales, los secretos comerciales o la propiedad intelectual. Además, se contrasta la actitud regulatoria de dos bloques, China y la Unión Europea, así como el papel que juegan los gigantes tecnológicos estadounidenses. Finalmente, se cierra el trabajo con unas reflexiones.
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Números de la subvención MCIN/AEI /10.13039/ 501100011033