De la identidad de género a la libre circulación en la Unión Europea. Un paso más en la buena dirección al albur de la STJUE de 4 de octubre de 2024, C-4/23, Mirin
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2025.9367Palabras clave:
Libre circulación de personas en la Unión Europea, identidad de género, principio de reconocimiento mutuoResumen
El TJUE da un paso más en la consolidación del principio de reconocimiento mutuo en materia de estatuto personal, en esta ocasión, abordando el tema de la identidad de género. Considera que contraría el derecho a la libre circulación de personas en la Unión Europea el que Rumanía exija una nueva determinación de la identidad de género conforme a su ordenamiento jurídico a un hombre transexual con doble nacionalidad rumano-británica que había adecuado su nombre y su identidad de género en Reino Unido.
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Publicado
2025-03-19
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Varia
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Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).Cómo citar
De la identidad de género a la libre circulación en la Unión Europea. Un paso más en la buena dirección al albur de la STJUE de 4 de octubre de 2024, C-4/23, Mirin. (2025). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 17(1), 1260-1269. https://doi.org/10.20318/cdt.2025.9367