El régimen jurídico de importación de bienes culturales a España tras la entrada en vigor del Reglamento 2019/880 y la puesta en marcha del sistema electrónico para su gestión el 28 de junio de 2025
DOI:
https://doi.org/10.20318/cdt.2025.9904Palabras clave:
Bienes culturales, Reglamento (UE) 2019/880, territorio aduanero UE, introducción, importación, sistema electrónico de gestión, licencias de importación, declaraciones del importadorResumen
El día 28 de junio de 2025 comienza a operar el sistema electrónico de gestión del nuevo régimen uniforme europeo de introducción e importación de bienes culturales establecido en el Reglamento (UE) 2019/880. El funcionamiento de este sistema hace plenamente efectivo dicho Reglamento y el sistema de licencias y declaraciones del importador establecido en el mismo. Así, se refuerza en las fronteras de la Unión Europea el control de entrada de bienes culturales para impedir la introducción e importación de bienes que hayan salido ilícitamente de terceros países, evitando así posibles daños a dichos bienes y la financiación de actividades delictivas a través de su venta en la Unión Europea. En este artículo estudiamos esta nueva regulación y su puesta en práctica a través del sistema electrónico de gestión.
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