Los límites de la objeción contramayoritaria al control judicial de constitucionalidad
Resumen
Las constituciones, a través de diversos mecanismos como, por ejemplo, un cierto grado de dificultad en los mecanismos de reforma, y el control judicial de constitucionalidad como reaseguro de la supremacía constitucional, constituyen limitaciones a la toma de decisiones por las mayorías. Es por ello que, para diversos autores, tanto la rigidez constitucional como el control judicial de constitucionalidad son mecanismos contramayoritarios, es decir, que atentan contra el ideal del autogobierno. En este trabajo focalizaré mi atención en las críticas al control judicial de constitucionalidad. La hipótesis que desarrollaré es que para poder ofrecer una respuesta satisfactoria a la pregunta de naturaleza normativa sobre si, o en qué medida, los jueces están legitimados en el marco de una democracia a ejercer el control de constitucionalidad, es necesario previamente establecer los límites de la objeción conectando sus argumentos centrales con las diferentes concepciones de la interpretación y con las características de los diseños institucionales en particular.
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