El margen nacional de apreciación y el contenido de la libertad de pensamiento, conciencia y religión en el Convenio Europeo de Derechos Humanos
DOI:
https://doi.org/10.20318/eunomia.2019.4992Palabras clave:
margen nacional de apreciación, control de convencionalidad, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Corte Interamericana de Derechos Humanos, libertad de pensamiento, conciencia y religión, Estado laicoResumen
En el presente escrito se estudiará la figura del margen nacional de apreciación y su aplicación por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Este estudio tiene como objeto demostrar que la utilización frecuente de esta figura impide que exista una interpretación uniforme del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión en el Sistema Europeo de Derechos Humanos. Para probar la hipótesis planteada, la figura aludida será comparada con el control de convencionalidad y la forma en que se ha aplicado esta última figura por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Esto último se realizará con el fin de evidenciar las falencias interpretativas y de protección de los derechos que genera la utilización del margen nacional de apreciación.
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