TY - JOUR AU - Endicott, Timothy PY - 2016/09/27 Y2 - 2024/03/28 TI - Comity entre autoridades JF - EUNOMÍA. Revista en Cultura de la Legalidad JA - eunomia VL - IS - 11 SE - Estudios DO - UR - https://e-revistas.uc3m.es/index.php/EUNOM/article/view/3277 SP - 9-29 AB - A menudo, las autoridades necesitan decidir si siguen la decisión de otras para llevar a cabo sus propias responsabilidades. Las consideraciones relevantes son muy variables dependiendo de los contextos, pero hay algunos principios generales sobre la forma en la que las autoridades deben aproximarse a las decisiones de otras. Entre ellos, el más importante es el principio de comity: esto es, que la autoridad que juzga (a la que llamo ‘segunda autoridad’) debe actuar en forma tal que respete la capacidad de la otra (la ‘primera autoridad’) para llevar a cabo su papel. El deber de comity no es un deber de confiar en la primera autoridad. No requiere que la segunda autoridad apruebe las decisiones de la primera. El deber no surge de los derechos de la primera autoridad, ni siquiera del éxito de la primera autoridad para llevar a cabo sus deberes, sino de los deberes de la segunda autoridad hacia las personas que la primera y segunda autoridad sirven. Las razones a favor del principio de comity sostienen otros dos principios: por un lado, que la segunda autoridad tiene una responsabilidad limitada por la justicia, y, por otro, que no tiene un deber general de coincidir con el juicio de la primera autoridad.doi: http://dx.doi.org/10.20318/eunomia.2016.3277  ER -