Conciliación de la vida familiar y laboral durante la pandemia por COVID-19. Plan MECUIDA
Resumen
La reducción y la adaptación de jornada persiguen alcanzar el derecho de conciliación de cada individuo, de cada persona trabajadora, avanzando hacia la corresponsabilidad como objetivo final que lleva a compartir las labores de cuidado entre hombres y mujeres. La nueva realidad laboral y social consecuencia de la crisis sanitaria motivada por la pandemia mundial por COVID-19, con la implementación del teletrabajo, las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) y la digitalización de la economía, ha puesto de manifiesto la necesaria reinvención y readaptación del marco legal a estas circunstancias “anómalas”, precipitando verdaderas innovaciones legislativas, tal y como ha sucedido con la publicación del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el que se regula el Plan MECUIDA (artículo 6) y las posteriores prórrogas de las medidas para la adaptación del horario y reducción de jornada de la disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero y en la disposición adicional sexta del Real Decreto-Ley 11/2021, de 27 de mayo, sobre medidas urgentes para la defensa del empleo, la reactivación económica y la protección de los trabajadores autónomos.
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