La garantía de prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores en el despido colectivo
DOI:
https://doi.org/10.20318/labos.2020.5777Palabras clave:
representantes de los trabajadores, garantías, prioridad de permanencia, despi-dos colectivosResumen
En la presente contribución se analiza la prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores como límite a la facultad del empresario de seleccionar a los trabajadores afectados por el despido colectivo. Se estudia su conexión con las funciones representativas así como con la libertad sindical, y se detalla su operatividad aplicando la lógica de la sustitución. Si bien la garantía no es esgrimible con carácter absoluto, la inclusión entre los afectados de un titular de la misma requiere que el empresario aporte una justificación expresa. Finalmente, se enumeran los sujetos beneficiarios de la garantía, así como la necesidad de que los representantes tengan el mandato vigente en el momento de aplicarla.Descargas
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Publicado
2020-11-26
Número
Sección
Artículos jurisprudenciales
Licencia
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Cómo citar
La garantía de prioridad de permanencia de los representantes de los trabajadores en el despido colectivo. (2020). LABOS Revista De Derecho Del Trabajo Y Protección Social, 1(3), 121-150. https://doi.org/10.20318/labos.2020.5777