Los estudiantes en huelga. régimen jurídico del paro académico. Retos y oportunidades en la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.20318/labos.2023.7943

Palabras clave:

Protestas, huelga, huelga de estudiantes, paro académico, LOSU

Resumen

En tanto no son trabajadores por cuenta ajena, los estudiantes no tienen reconocido el derecho de huelga. La regulación de las huelgas de estudiantes, que deben conceptualizarse como una forma de participación política no convencional o boicot, se articula en función del nivel educativo y se caracteriza por la dispersión: el derecho de reunión e inasistencia colectiva a clase, regulado en la normativa autonómica; y el paro académico, en la normativa interna de cada universidad. Recientemente, se ha aprobado la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU) que reconoce a nivel estatal el derecho del estudiantado al paro académico. En este artículo se reflexiona críticamente sobre el contenido, alcance y efectos del paro académico, cuyo esquema intelectual es idéntico a la huelga, así como de los debates sobre su futuro.

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Publicado

2023-07-28

Número

Sección

Artículos jurisprudenciales

Cómo citar

Los estudiantes en huelga. régimen jurídico del paro académico. Retos y oportunidades en la nueva Ley Orgánica del Sistema Universitario. (2023). LABOS Revista De Derecho Del Trabajo Y Protección Social, 4(2), 146-175. https://doi.org/10.20318/labos.2023.7943