La regulación de la inteligencia artificial en la Directiva de trabajo en plataformas digitales

Palabras clave: Directiva de trabajo en plataformas digitales, DTPD, trabajo en plataformas, uber, dirección algorítmica del trabajo, Inteligencia artificial, concepto de plataforma digital de trabajo

Resumen

La recientemente aprobada Directiva de trabajo en plataformas digitales con­tiene dos partes bien diferenciadas. De un lado, regula una presunción de laboralidad para todos los trabajadores de plataformas digitales. De otro lado, establece garantías, individuales y colectivas, para trabajadores y autónomos frente a la dirección algorítmica (o uso de la Inteligencia Artificial en el traba­jo). El objeto de este trabajo es el análisis de la segunda parte de la normativa: las protecciones frente al uso de la inteligencia artificial, para dirigir y contro­lar el trabajo, existentes en la Directiva. Para ello, en primer lugar, se analiza el ámbito de aplicación de la Directiva dado que el concepto de “plataforma digital” requiere ser interpretado para conocer a qué plataformas les resulta de aplicación la normativa. En segundo lugar, respecto a las garantías frente a la dirección algorítmica se estudia su relación con otras garantías existentes anteriormente como es el RGPD, así como el alcance contenido y problemas interpretativos que surgen de la nueva normativa. Por último, resultado del análisis y de los problemas interpretativos encontrados se realiza una serie de recomendaciones para su transposición.

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Publicado
2024-10-29
Cómo citar
Todolí Sígnes, A. (2024). La regulación de la inteligencia artificial en la Directiva de trabajo en plataformas digitales. LABOS Revista De Derecho Del Trabajo Y Protección Social, 5, 26-46. https://doi.org/10.20318/labos.2024.9030
Sección
Artículos doctrinales

Datos de financiación