La protección de los derechos bioculturales y el derecho a la consulta previa. El caso Pueblo Indígena U’wa y sus miembros vs. Colombia
DOI:
https://doi.org/10.20318/reib.2025.10064Palabras clave:
derechos de la naturaleza, derechos bioculturales, derecho a la consulta, Corte Interamericana de Derechos Humanos, pueblo U’waResumen
Ante la incapacidad del sistema normativo y de gobernanza actual de proteger la naturaleza, cada vez más países optan por desarrollar normas legislativas enmarcadas dentro del denominado movimiento internacional por los Derechos de la naturaleza, el cual aboga por la consideración de la naturaleza y sus elementos como sujetos de Derecho. El desarrollo de este corpus normativo en América Latina ha sido más que notable, y uno de los factores principales que lo ha propiciado ha sido, sin lugar a dudas, la protección de los derechos bioculturales de los pueblos indígenas. Este artículo trata de analizar la importancia de la protección de los derechos bioculturales en aras de proteger la naturaleza a través del mecanismo de la consulta previa, libre e informada. Para ello nos centraremos en uno de los casos más recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el asunto del Pueblo U’wa y sus miembros vs. Colombia. El objetivo es saber en qué consiste el derecho a la consulta en el marco de la protección de los derechos bioculturales indígenas y cómo este derecho es aplicado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
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