El concepto de orden público internacional y el derecho a un proceso justo. Nota a la STJCE de 2 de abril de 2009
Resumen
Resumen: El TJCE debe dilucidar si, sobre la base de la cláusula de orden público establecida en el art. 27.1 CBr, el juez del Estado requerido puede tener en cuenta el hecho de que el juez del Estado de origen se haya pronunciado sobre las pretensiones del demandante, sin oír al demandado que había comparecido debidamente ante él pero fue excluido del procedimiento mediante una resolución, por no haber cumplido determinadas obligaciones impuestas mediante una resolución adoptada con anterioridad en el marco del mismo procedimiento. Palabras clave: eficacia extraterritorial de decisiones, resolución, orden público internacional, derecho a un proceso justo, derechos de defensa, derecho a ser oído. Abstract: The ECJ should elucidate if, on the base of the clause of public policy established in the article 27.1 CBr, the judge of the addressed State can take into account the fact that the judge of the State of origin has been pronounced on the pretensions of the claimant, without hearing to the defendant that it had duly appeared before him but was excluded of the procedure via a resolution, for not having certain compliment imposed obligations via an adopted resolution previously within the framework of the same procedure. Key words: extraterritorial effects of foreign decisions, resolution, international public policy, right to a fair process, rights of defense, right to be been heard.Descargas
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Publicado
2010-10-08
Cómo citar
Durán Ayago, A. (2010). El concepto de orden público internacional y el derecho a un proceso justo. Nota a la STJCE de 2 de abril de 2009. CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 2(2), 250-256. Recuperado a partir de https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/127
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