Los beneficiarios del derecho de participación tras el fallecimiento del autor (STJUE de 15 abril 2010, Caso Fundación Gala-Salvador Dalí)

Autores/as

  • Celia M. Caamiña Domínguez

Palabras clave:

Directiva 2001/84/CE, derecho de participación, autor, obra de arte original, heredero

Resumen

El artículo 6 de la Directiva 2001/84/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, relativa al derecho de participación en beneficio del autor de una obra de arte original, establece que el derecho de participación se deberá al autor de la obra y, en caso de fallecimiento de éste, a sus derechohabientes. Este trabajo examina la Sentencia del Tribunal de Justicia de 15 de abril de 2010, en la que el Tribunal señala que el art. 6 de la Directiva no impide que el Derecho de un Estado miembro admita como beneficiarios del mencionado derecho únicamente a los herederos forzosos.

 

Descargas

Los datos de descarga aún no están disponibles.

Descargas

Publicado

2012-03-31

Número

Sección

Varia

Cómo citar

Los beneficiarios del derecho de participación tras el fallecimiento del autor (STJUE de 15 abril 2010, Caso Fundación Gala-Salvador Dalí). (2012). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 4(1), 234-244. https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/1471