La exclusión de las obligaciones derivadas del Derecho de familia y sucesiones del ámbito material de aplicación del Reglamento Roma I
Palabras clave:
Derecho de familia, Derecho de sucesiones, Ley aplicable, obligaciones contractuales, alimentos entre parientes, régimen económico matrimonial, testamentos y sucesiones, Unión EuropeaResumen
Las obligaciones derivadas del Derecho de familia y de sucesiones se hallan proscritas del ámbito sustantivo de aplicación tanto del Convenio de Roma de 1980 sobre la Ley aplicable a las obligaciones contractuales como del Reglamento 593/2008 (Reglamento Roma I), que lo sustituirá a partir de diciembre de 2009, por considerarse que pese a su doble naturaleza contractual y familiar la primera prevalece sobre la segunda. Ello supone que dichas materias no han formado parte del núcleo originario de creación del Derecho internacional privado comunitario y que, por consiguiente, la determinación del ordenamiento aplicable a ellas se ha de realizar en otras fases y mediante otros instrumentos comunitarios. Analizado ello, se aborda el status quaestionis respecto de los tres ámbitos en que pueden surgir obligaciones contractuales que precisan de una aproximación conflictual: las obligaciones de alimentos entre parientes, los pactos sobre el régimen económico matrimonial y los testamentos y sucesiones.
Descargas
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Se permite que los autores de los trabajos de investigación publicados en la Revista los reproduzcan en otros sitios siempre que se haga mención de que han sido previamente publicados en Cuadernos de Derecho Transnacional (CDT).
Los documentos incluyen la licencia Creative Commons 4.0: Atribución–No Comercial–Sin Obra Derivada (CC BY-NC-ND 4.0).