La concreción del lugar donde se ha producido el hecho dañoso en el art. 5.3 del Reglamento 44/2001: nota a la STJCE de 16 de julio de 2009. (2011). CUADERNOS DE DERECHO TRANSNACIONAL, 3(1), 290-295. https://e-revistas.uc3m.es/index.php/CDT/article/view/1081