Derecho de defensa, desconocimiento del idioma y falta de notificación. El orden público internacional y el exequátur de laudos arbitrales
Resumen
El derecho de defensa se manifiesta de múltiples formas en el proceso arbitral, ya sea con algo tan básico como el idioma en que se desarrollan las actuaciones como las notificaciones de inicio de un procedimiento en contra. La consecuencia de la vulneración de este derecho conlleva la denegación del reconocimiento del laudo en base al orden público internacional, pues se priva a una parte de un principio básico reconocido y protegido a nivel nacional e internacional.
No obstante, la determinación de cuándo un hecho ocurrido constituye verdaderamente la aplicación de la excepción no es una cuestión baladí, sino que deberán darse una serie de presupuestos para considerar que se ha privado a una parte de su derecho de defensa.