La enésima reforma de la Disposición Adicional décima del Estatuto de los Trabajadores

Palabras clave: jubilación forzosa, convenio colectivo, política de empleo, jubilación activa

Resumen

La disposición adicional décima del ET ha sufrido cambios constantes en sucesivas reformas. La última versión del precepto pretende prohibir las jubilaciones forzosas previstas en los convenios colectivos por debajo de los 68 años y establece como única justificación de política de empleo la nueva contratación de un trabajador con un contrato indeterminado y a jornada completa. Además, se introduce una medida de acción positiva para fomentar la contratación de nuevas trabajadoras que cubran los puestos de trabajo de los jubilados forzosamente en sectores de baja ocupación femenina, posibilitando la rebaja de la edad de jubilación en las cláusulas convencionales de jubilación forzosa hasta la edad ordinaria de jubilación.

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Publicado
2022-02-14
Cómo citar
Esteve Segarra, A. (2022). La enésima reforma de la Disposición Adicional décima del Estatuto de los Trabajadores. LABOS Revista De Derecho Del Trabajo Y Protección Social, 3, 156-166. https://doi.org/10.20318/labos.2022.6646
Sección
Artículos doctrinales