Derecho a la desconexión y prevención de riesgos laborales derivados del uso de la tecnología. Derecho a la desconexión y prevención de riesgos laborales derivados del uso de la tecnología

Palabras clave: derecho a la desconexión, artículo 88 LOPD, política interna, riesgos laborales psicosociales, burnout

Resumen

Las Tecnologías de la Información y de la Comunicación tienen un uso importante en muchos puestos de trabajo hoy en día. Por esta circunstancia, las personas trabajadoras se ven expuestas a riesgos laborales físicos, organizacionales y psicosociales específicos del uso profesional de estas tecnologías. Para evitar o minimizar su impacto en la seguridad y salud de las personas trabajadoras, es necesario que las empresas desarrollen y reconozcan en sus políticas internas un derecho a la desconexión digital efectivo, siguiendo las disposiciones y el mandato del artículo 88 LOPD.

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Publicado
2023-03-23
Cómo citar
Ginès i Fabrellas, A., & Peña Moncho , J. (2023). Derecho a la desconexión y prevención de riesgos laborales derivados del uso de la tecnología. Derecho a la desconexión y prevención de riesgos laborales derivados del uso de la tecnología. LABOS Revista De Derecho Del Trabajo Y Protección Social, 4(1), 130-150. https://doi.org/10.20318/labos.2023.7642
Sección
Artículos jurisprudenciales